Daño al Nervio Lingual y Pérdida del Gusto por Muela del Juicio: ¿Cómo Reclamar Indemnización en Chile?
Presentar un caso de negligencia odontológica por daño al nervio lingual es una de las situaciones más graves tras la extracción de una muela del juicio. Cuando esta lesión ocurre por una actuación profesional deficiente, el paciente puede sufrir pérdida permanente del gusto, disminución de la sensibilidad de la lengua, dificultades para hablar o comer e importantes secuelas en su calidad de vida.
Si bien la extracción de terceros molares es una cirugía frecuente, ello no significa que estos resultados deban considerarse normales o inevitables. En muchos casos, la lesión del nervio lingual puede prevenirse mediante una correcta planificación quirúrgica, una adecuada técnica operatoria y el respeto de la lex artis.
En este artículo explicamos qué es el daño al nervio lingual, cuáles son sus síntomas, cuándo puede constituir una negligencia odontológica y qué criterios han utilizado los tribunales chilenos para otorgar indemnizaciones a los pacientes afectados.
¿Qué es el nervio lingual y por qué puede lesionarse durante la extracción de una muela del juicio?
El nervio lingual es una rama del nervio mandibular (V3) y cumple una función esencial al proporcionar sensibilidad táctil, térmica, dolorosa y gustativa a los dos tercios anteriores de la lengua.
Durante la extracción de una muela del juicio inferior, especialmente cuando el tercer molar se encuentra retenido, impactado o en estrecha relación con las estructuras anatómicas vecinas, el cirujano dentista debe adoptar todas las precauciones necesarias para evitar comprimir, estirar, seccionar o lesionar este nervio.
Cuando ello ocurre, el paciente puede desarrollar una lesión neurológica permanente que afecta significativamente su vida cotidiana.
Síntomas del daño al nervio lingual.
Los síntomas pueden aparecer inmediatamente después de la cirugía o hacerse evidentes una vez que desaparece el efecto de la anestesia.
Entre los más frecuentes se encuentran:
- Pérdida total o parcial del sentido del gusto (ageusia).
- Disminución de la sensibilidad de la lengua.
- Hormigueo o sensación permanente de adormecimiento (parestesia).
- Sensación de quemazón o dolor neuropático.
- Dificultad para percibir alimentos calientes o fríos.
- Mordeduras involuntarias de la lengua durante la masticación.
- Alteraciones para hablar o deglutir.
Si estos síntomas persisten durante semanas o meses, es recomendable una evaluación neurológica especializada para determinar la existencia y extensión del daño.
¿Es normal perder el gusto después de sacar una muela del juicio?
No.
Aunque la lesión del nervio lingual constituye una complicación conocida de este procedimiento, su sola ocurrencia no significa que sea una consecuencia normal o inevitable.
En algunos pacientes puede existir una alteración sensitiva transitoria que mejora espontáneamente durante las semanas siguientes. Sin embargo, cuando la pérdida del gusto o la parestesia persisten, es necesario estudiar si existió una lesión permanente y si esta pudo haberse evitado mediante una actuación profesional diligente.
Precisamente ese análisis es el que realizan los tribunales cuando conocen una demanda por negligencia odontológica.
¿Cuándo un daño al nervio lingual se considera un caso de negligencia odontológica?
No toda lesión del nervio lingual genera automáticamente responsabilidad del cirujano dentista.
Para que exista responsabilidad civil es necesario acreditar que el profesional incumplió los deberes que imponía la lex artis, es decir, que no actuó con el cuidado, conocimientos y diligencia que razonablemente exigía el procedimiento.
Entre otras circunstancias, pueden resultar relevantes:
- Una deficiente planificación quirúrgica.
- Una técnica operatoria inadecuada.
- La utilización incorrecta de instrumental.
- La falta de controles posteriores.
- La ausencia de derivación oportuna frente a una lesión neurológica.
- La omisión de informar adecuadamente los riesgos del procedimiento mediante un consentimiento informado válido.
Asimismo, si durante la cirugía ocurre un evento adverso, el prestador de salud tiene el deber de informar oportunamente al paciente conforme al artículo 4 de la Ley Nº 20.584. Del mismo modo, los hechos relevantes del procedimiento deben quedar debidamente registrados en la ficha clínica. La ausencia de estos antecedentes puede constituir un elemento relevante al momento de determinar la responsabilidad profesional.
Conforme a los artículos 1547 inciso tercero y 1698 del Código Civil, una vez acreditada la existencia del contrato y el incumplimiento alegado, corresponde al profesional demostrar que actuó con la diligencia exigida por la lex artis.
Por ello, contar con especialidades, diplomados o años de experiencia no excluye la responsabilidad si el odontólogo no logra acreditar que adoptó todas las medidas necesarias para prevenir una lesión evitable.
Caso de negligencia odontológica en Chile: condenan a dentista a pagar $15.000.000.
Un ejemplo relevante corresponde a la sentencia dictada por el 1.º Juzgado Civil de Rancagua (Rol C-8203-2019), en febrero de 2024.
Una paciente de 20 años acudió a un especialista para extraerse sus muelas del juicio. Después de la intervención comenzó a presentar intenso dolor y posteriormente perdió completamente el gusto y la sensibilidad en el lado izquierdo de la lengua.
Durante el juicio, el odontólogo sostuvo que la lesión del nervio lingual constituía un riesgo estadístico inherente a este tipo de cirugía.
Sin embargo, el tribunal rechazó dicha defensa al estimar que el profesional no logró acreditar haber actuado con la diligencia necesaria para evitar el daño. La sentencia valoró especialmente los informes neurológicos, las pruebas objetivas del compromiso gustativo y las evaluaciones psicológicas practicadas a la paciente.
Finalmente, el tribunal condenó al dentista a pagar una indemnización de $15.000.000 CLP por concepto de daño moral y daño fisiológico.
Este fallo demuestra que el hecho de que una complicación sea conocida por la literatura médica no libera automáticamente de responsabilidad al profesional cuando no logra demostrar que actuó conforme a la lex artis.
El Criterio Clave del Tribunal: Títulos y Postgrados No Prueban por Sí Solos un Actuar Diligente
Un aspecto dogmático de enorme relevancia en la sentencia del 1° Juzgado Civil de Rancagua radica en cómo el tribunal distribuyó la carga de la prueba respecto a la culpa médica.
Durante el proceso, el profesional demandado presentó abundante documentación (certificados académicos, títulos y antecedentes de desempeño) para sostener su pericia. Sin embargo, el tribunal desestimó que la sola “expertiz” fuera suficiente para eximirlo de responsabilidad, señalando expresamente:
«…en cuanto a los antecedentes presentados por el demandado en torno a su preparación académica y desempeño profesional (…) si bien éstos permiten estimar que el demandado contaba con suficiente preparación y expertiz para efectuar la exodoncia (…) lo cierto es que éstos antecedentes no permiten vislumbrar que el galeno haya desempeñado la intervención con la suficiente diligencia…»
La Carga de la Prueba en la Responsabilidad Contractual
El fallo reafirma que, al tratarse de una relación contractual de salud, es el cirujano dentista quien debe acreditar en el expediente que actuó con la debida prudencia o “como un buen padre de familia”, y no el paciente quien deba adivinar la maniobra quirúrgica defectuosa.
Al respecto, el magistrado resolvió en forma categórica:
«Conveniente es recordar que, en materia de responsabilidad contractual, la carga de la prueba en torno a la debida diligencia recae principalmente en el demandado (…) correspondiéndole entonces hacer constar en el proceso que ha obrado a lo menos como un buen padre de familia, cuestión no se vislumbró de los esfuerzos probatorios del demandado, que no han abarcado dicho aspecto.» (Considerando Trigésimo cuarto).
Este criterio judicial resulta determinante para cualquier caso de negligencia odontológica en Chile: poseer diplomados, especialidades o años de trayectoria no equivale a haber operado diligentemente, y en juicio será el profesional quien deba probar fehacientemente que aplicó el máximo cuidado exigido por la lex artis.
¿Qué hacer si sufriste daño al nervio lingual después de una extracción dental?
Si luego de la extracción de una muela del juicio presentas pérdida del gusto o falta de sensibilidad persistente, es recomendable actuar oportunamente:
- Solicita tu ficha clínica completa: La Ley N.º 20.584 reconoce el derecho del paciente a obtener copia íntegra de su ficha clínica, incluyendo protocolos operatorios, registros de atención, consentimiento informado y exámenes imagenológicos.
- Consulta con especialistas: Una evaluación por neurología, cirugía maxilofacial u otras especialidades puede resultar fundamental para determinar el alcance de la lesión y establecer si existe daño permanente.
- Conserva toda la documentación médica: Informes, recetas, boletas, radiografías, licencias médicas y comprobantes de gastos serán antecedentes relevantes para una eventual reclamación.
- Busca asesoría jurídica especializada: Un abogado con experiencia en negligencia médica podrá evaluar si existen antecedentes suficientes para iniciar una mediación prejudicial o una demanda de indemnización de perjuicios.
Preguntas frecuentes sobre el daño al nervio lingual
¿La lesión del nervio lingual puede ser permanente?
Sí. En algunos pacientes la lesión puede recuperarse parcialmente con el tiempo, pero en otros las alteraciones sensitivas y gustativas pueden mantenerse de forma definitiva.
¿Puedo demandar si perdí el gusto después de una extracción dental por negligencia odontológica?
Sí, siempre que existan antecedentes que permitan sostener que el daño fue consecuencia de una actuación odontológica negligente y no de una complicación inevitable pese a una atención conforme a la lex artis.
¿Qué indemnización puede obtenerse?
Cada caso depende de la gravedad de las secuelas y de las pruebas disponibles. Los tribunales chilenos han reconocido indemnizaciones cuando se acredita que el daño permanente fue consecuencia de una atención negligente.
¿Sufriste daño al nervio lingual después de una extracción de muela del juicio por negligencia odontológica?
Si presentas pérdida del gusto, parestesia permanente u otras secuelas tras un procedimiento odontológico, es importante analizar si el daño pudo evitarse y si existen antecedentes para exigir responsabilidades.
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