Caso meroctane producto medico defectuoso.

El caso Meroctane: Cuando el quirófano se convierte en una trampa de ceguera irreversible

El caso Meroctane constituye uno de los episodios más graves de negligencia médica registrados en la historia reciente de Chile. Imagine ingresar al hospital con la esperanza de recuperar la visión mediante una cirugía de retina y despertar en una oscuridad absoluta y permanente. Esa fue la realidad que enfrentaron seis pacientes del Hospital Regional de Rancagua entre mayo y junio de 2013, quienes perdieron de manera irreversible la visión del ojo intervenido tras la utilización de un insumo oftalmológico contaminado.

Como despacho especialista en abogados de negligencia médica, analizamos las claves del Rol C-7622-2017 del 14° Juzgado Civil de Santiago. Una sentencia emblemática que no solo desentraña un grave error logístico y sanitario, sino que sienta las bases de la responsabilidad orgánica del Estado ante las víctimas de mala praxis.

El caso Meroctane: del hospital a los tribunales

La cirugía para corregir un desprendimiento de retina requiere la aplicación de un líquido pesado que actúe como un “planchado” temporal sobre la membrana ocular. En el caso de estos seis pacientes, el equipo médico utilizó Perfluoro-n-octano líquido Meroctane (marca Meran, lote OCT.01.2013), importado de Turquía y comercializado en el país por la empresa Falc Chile Limitada.

El calvario comenzó al día siguiente de las cirugías. En sus controles postoperatorios, los pacientes reportaban que solo veían “luces” o que la oscuridad era total. Las respuestas médicas iniciales apelaban a la paciencia y al reposo absoluto, argumentando que la retina requería tiempo para “pegarse”. Sin embargo, la realidad técnica que reflejó la auditoría interna del hospital fue devastadora: el 100% de los pacientes en quienes se usó este lote específico sufrió una retinitis isquémica severa con atrofia irreversible del nervio óptico. El insumo estaba contaminado.

El Instituto de Salud Pública (ISP) confirmaría tiempo después la letalidad del producto. Tras un análisis químico, se determinó que el Meroctane no solo contenía perfluoroctano, sino también perfluorodecaína, una impureza altamente tóxica para los tejidos oculares. Para empeorar la situación, el pH del insumo era de 4.5, una acidez extrema comparada con el pH fisiológico del ojo humano (que oscila estrictamente entre 7.35 y 7.45). La alerta nacional del Ministerio de Salud se decretó en agosto de 2013, tres meses tarde para las seis víctimas que terminaron enterándose de su verdadera condición a través de los noticieros de televisión.

El Aporte Jurídico: La Clave del Éxito en la demanda por error de diagnóstico

Para ganar una demanda por error de diagnóstico y mala praxis contra el Estado, la estrategia legal no puede basarse únicamente en la mala suerte de un lote defectuoso. La clave del éxito de la representación jurídica en este juicio radicó en demostrar de manera contundente la Falta de Servicio y la ruptura de los deberes esenciales de cuidado y seguridad en la gestión hospitalaria.

Los argumentos determinantes en el tribunal se concentraron en tres pilares de la lex artis ad hoc:

  • Vulneración grave en la adquisición de insumos: El Hospital Regional de Rancagua operaba como un establecimiento autogestionado en red. La defensa demostró que el proceso de licitación y compra del Meroctane a través del portal ChileCompra quedó en manos de personal administrativo y de enfermería (arsenaleras), sin contar con el visado técnico del Jefe del Servicio de Oftalmología. La Unidad de Abastecimiento adquirió el producto a ciegas, pues el instructivo interno del insumo carecía de la fórmula compositiva, omitiendo cualquier control externo de calidad.
  • Incumplimiento del Deber de Informar: Ninguno de los seis pacientes recibió información suficiente, oportuna y transparente sobre los riesgos específicos del uso de perfluorocarbonos líquidos en el ojo. La falta de un consentimiento informado adecuado despojó a los pacientes de su autonomía para buscar segundas opiniones o tratamientos alternativos.
  • La Obligación de Seguridad Hospitalaria: Los hospitales públicos y clínicas privadas son deudores permanentes de una obligación de seguridad hacia sus pacientes. El tribunal ratificó que la responsabilidad del Estado en materia sanitaria es de carácter directo y orgánico. Esto significa que basta con probar el mal funcionamiento del servicio público (el nexo causal entre la inyección del insumo deficiente y el daño definitivo) para exigir la reparación, con independencia de si el médico cirujano actuó o no con dolo o culpa personal.

El Desenlace y la Compensación: Justicia para las familias

La pérdida de la visión no solo sumió a los afectados en una profunda depresión y pérdida de su autonomía diaria, sino que destruyó de golpe sus fuentes laborales. Conductores de microbús, operadores mineros y trabajadores agrícolas se vieron incapacitados de la noche a la mañana para proveer el sustento de sus hogares.

Al evaluar los perjuicios, los tribunales determinaron que la vida de los demandantes fue alterada de forma drástica y permanente. A través de la acreditación del lucro cesante (los ingresos que legítimamente habrían percibido hasta su edad de jubilación) y de una contundente prueba del daño moral por los padecimientos físicos y psicológicos sufridos, la demanda exigió una indemnización por mala praxis histórica que ascendió a un total consolidado superior a los $2.400 millones de pesos chilenos para el conjunto de los afectados. Una cifra que, si bien no puede devolverles la visión perdida, constituye un acto de estricta justicia material y un precedente regulatorio ineludible para el sistema de salud del país.

Indemnización por productos médicos defectuosos: cómo reclamar si un medicamento, prótesis o implante causó un daño.

Decretan alerta de vigilancia por fármaco oftalmológico que dejó con daños irreparables a 7 personas