Negligencia médica y daño moral del padre en parto hospitalario

Corte de Concepción reconoce daño moral del padre por muerte de hija en parto a causa de negligencia médica

La responsabilidad médica derivada de errores durante el embarazo o el parto suele asociarse a la madre. Sin embargo, un reciente fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción aborda la negligencia médica y el daño moral del padre tras la pérdida de su hija recién nacida.

La resolución confirma que las consecuencias de una negligencia médica afectan profundamente a todo el núcleo familiar. Por ello, el tribunal reconoció el derecho del padre a recibir una indemnización justa.

Si buscas orientación legal en casos de faltas de servicio de la salud, puedes consultar nuestros servicios de negligencia médica aquí.

El caso: muerte de una recién nacida por negligencia médica

El hecho ocurrió en un hospital público de la Región del Biobío. Según los antecedentes del tribunal, la paciente enfrentó un trabajo de parto inducido y prolongado. Además, presentaba factores de riesgo obstétricos significativos, como diabetes gestacional.

A pesar de los signos claros de pérdida de bienestar fetal, el equipo asistencial no realizó una cesárea a tiempo. La falta de oportunidad en la intervención configuró la responsabilidad del establecimiento sanitario.

El fallo de la Corte señala expresamente:

“La falta de servicio se configura al acreditarse que el Hospital no realizó la cesárea de forma oportuna pese a los factores de riesgo de la madre (diabetes gestacional) y a los signos de pérdida de bienestar fetal.”

¿Puede solicitarse para la negligencia médica el daño moral del padre?

La respuesta es afirmativa. En primera instancia, el tribunal había rechazado la pretensión del progenitor. No obstante, la Corte de Apelaciones revocó esa decisión.

El tribunal analizó el vínculo afectivo y la participación activa del padre durante el proceso de gestación y parto. Para respaldar la reparación, se valoraron los siguientes hechos:

  • El padre estuvo presente en todo el trabajo de parto.
  • Presenció de forma directa las maniobras del equipo médico.
  • Vivió de manera inmediata el impacto del fallecimiento.
  • Experimentó una afectación psicológica severa y prolongada.

Además, el tribunal consideró que el padre sostuvo a su hija fallecida en brazos durante varias horas. Todo este sufrimiento directo justificó la indemnización por daño moral.

Jurisprudencia sobre daño moral del padre e indemnización

El aspecto más relevante de este fallo radica en cómo la Corte analiza la negligencia médica y el daño moral del padre. La sentencia establece que el dolor paterno ante la pérdida de un hijo no requiere de pruebas extraordinarias.

El fallo destaca textualmente:

“El daño moral de un padre ante la muerte de un hijo por negligencia médica es un hecho que surge de los supuestos objetivos del vínculo familiar y la magnitud de la pérdida.”

De esta forma, la justicia reconoce un principio humano evidente. El sufrimiento familiar ante una pérdida irreparable se desprende naturalmente de la gravedad del hecho.

Ficha del fallo y monto de la indemnización

Finalmente, la Corte de Apelaciones fijó las siguientes indemnizaciones a favor de la familia:

BeneficiarioConceptoMonto Otorgado
MadreDaño moral por negligencia médica$85.000.000 CLP
PadreDaño moral por negligencia médica$40.000.000 CLP

Consulta de causas: Puedes revisar el texto completo de las sentencias en el portal del Poder Judicial de Chile.

Tribunal: Corte de Apelaciones de Concepción

Rol de la causa: CA Concepción Rol 548-2024

📩 ¿Necesitas asesoría jurídica por negligencia médica?

Las malas prácticas médicas y los errores obstétricos generan consecuencias devastadoras. Si tú o tu familia sufrieron la pérdida de un familiar o lesiones graves por negligencia hospitalaria, nuestro equipo legal puede ayudarte a buscar la reparación que corresponde.

👉 Haz clic aquí para agendar una consulta con nuestro equipo especializado en indemnización de perjuicios y revisaremos los antecedentes de tu caso de forma confidencial.