Preexistencias en seguros de salud en Chile: Corte Suprema fija un estándar clave para las aseguradoras.

Las preexistencias en seguros de salud y desgravamen son una de las principales causas de rechazo de cobertura en Chile. Sin embargo, una reciente sentencia de la Corte Suprema de Chile (24 de noviembre de 2025) introduce un criterio relevante que limita esta práctica y redefine la carga de la prueba en estos de rechazo de cobertura

Este fallo no solo resuelve un conflicto particular, sino que establece un estándar que puede impactar directamente en litigios contra aseguradoras, especialmente en materias de invalidez, seguros asociados a créditos y cobertura médica.

¿Qué son las preexistencias en seguros de salud?

En términos generales, las preexistencias son enfermedades o condiciones de salud que el asegurado tenía antes de contratar un seguro y que, de haber sido conocidas por la compañía, podrían haber influido en la evaluación del riesgo.

En Chile, su regulación se encuentra principalmente en el Artículo 591 del Código de Comercio de Chile, que exige ciertos requisitos para que una enfermedad pueda ser considerada jurídicamente como tal.

El caso: rechazo de cobertura por supuesta omisión de salud

En el caso analizado, una aseguradora rechazó el pago de un seguro de desgravamen e invalidez total y permanente, argumentando que el asegurado:

  • omitió una cirugía de cadera previa, y
  • no informó una condición visual preexistente.

Según la compañía, estas omisiones configuraban una causal de exclusión de cobertura.

La controversia llegó hasta la Corte Suprema luego de que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazara la demanda del asegurado, exigiéndole probar que dichas condiciones no eran relevantes.

El criterio de la Corte Suprema: quien debe probar es la aseguradora.

El punto central del fallo es claro:

“Corresponde a la aseguradora probar la existencia de una preexistencia, su relevancia y su relación con el siniestro.”

Este criterio se basa en el Artículo 1698 del Código Civil de Chile, que establece que quien alega un hecho —en este caso, una causal de exclusión— debe acreditarlo.

En términos prácticos:

  • El asegurado debe probar el contrato y el siniestro.
  • La aseguradora debe probar la causal que justifica no pagar

No basta cualquier antecedente médico para negar la cobertura.

Uno de los aspectos más relevantes del fallo es que eleva el estándar para acreditar una preexistencia.

La Corte Suprema señala que no es suficiente:

  • haber tenido una enfermedad en el pasado,
  • haber sido hospitalizado, o
  • presentar antecedentes médicos antiguos.

Para que exista una preexistencia válida, se requiere:

  • un diagnóstico médico previo o coetáneo a la contratación del seguro, y
  • una relación causal directa con el siniestro (por ejemplo, la invalidez).

Este criterio limita el uso de interpretaciones retrospectivas por parte de las aseguradoras.

Relevancia de la sentencia respecto de seguros de salud en Chile

Este fallo tiene consecuencias relevantes para abogados y asegurados:

Mayor protección del asegurado

Se evita trasladar al paciente la carga de probar hechos médicos complejos.

Restricción a rechazos arbitrarios

Las aseguradoras deberán justificar técnicamente sus decisiones, con prueba suficiente.

Cambio en la estrategia judicial

En juicios de seguros, la clave será cuestionar la prueba de la aseguradora, más que probar la inexistencia de la enfermedad.

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